represion

 

J.P. Galindo

La propuesta del Gobierno de coalición para reformar del delito de sedición recogido en el Código Penal desde 1822 y actualizado por última vez en 1995, ha hecho saltar todas las alarmas debido a que introduce una definición de “desórdenes públicos agravados” que amplía el foco represivo hasta límites preocupantes.

El delito de sedición hasta ahora vigente se dirigía contra: “los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.” Es decir, estaba enfocado clara y directamente hacia la protección de la actividad institucional del Estado. Por ello es que se acusó y condenó en su momento a los políticos catalanes que, según la interpretación judicial, movilizaron a la población con intención de impedir la aplicación de la legislación española, y más concretamente la Constitución de 1978.


Sin embargo, la política burguesa da muchas vueltas, y quienes ayer se presentaban como la mayor amenaza al sistema, hoy son aliados necesarios para reforzarlo en un escenario de crisis estructural generalizada. Por ello, el Gobierno de coalición PSOE-UP ha decidido abordar el espinoso asunto de la derogación del delito de sedición (cosa que solo hace un mes parecía descartado a corto plazo por el propio presidente del Gobierno), aun sabiendo que las derechas parlamentarias iban a dirigir toda su artillería contra esa “concesión” al nacionalismo catalán, como estamos viendo.
Pero no solo han saltado las alarmas entre los políticos conservadores y reaccionarios, ya que la redacción del nuevo delito de “desórdenes públicos agravados” que viene a sustituir al de sedición introduce cambios sustanciales que significan una ampliación de los márgenes del delito. La nueva propuesta indica que podrán ser acusados quienes: “actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas, o invadiendo instalaciones o edificios”. Todos estos actos podrán ser castigados judicialmente con penas de prisión de entre seis meses y tres años, mientras que en la redacción hasta ahora vigente del delito de desórdenes públicos (art. 557 Código Penal), la invasión u ocupación de un establecimiento, oficina o local, se pena con un máximo de seis meses de prisión, y la “obstaculización de las vías públicas” ni siquiera aparece como delito.
El cambio de orientación es sustancial. Frente a la redacción original del delito de sedición, orientada a la protección de las funciones públicas institucionales, el nuevo delito de desórdenes públicos agravados viene a proteger “la paz pública” (concepto ambiguo cuya interpretación queda en manos de las fuerzas de seguridad), de forma genérica frente actuaciones como la ocupación pacífica de calles o locales, típicas de la resistencia pasiva, aumentando además las condenas a las que se enfrentan los acusados.
Este giro judicial llega incluso a superar a la todavía vigente “Ley Mordaza” de 2015, que definía como infracción administrativa muy grave el “llevar a cabo una manifestación no comunicada en edificios o instalaciones”, siempre y cuando en ellos se prestasen servicios básicos y generase riesgo para la vida o la integridad de las personas, lo hacía por la vía administrativa, es decir, a través de multas, con sanciones máximas de entre 30.000€ a 60.000€ de multa, pero sin entrar en la vía penal ni amenazar con prisión.
Estamos, pues, ante un endurecimiento de condenas, además de una ampliación del foco represivo, pasando de la protección específica de las funciones públicas de la administración, a la de la simple “paz pública” mediante definiciones arbitrarias de los cuerpos de seguridad y los tribunales del Régimen. Y lo más sangrante es la pretensión del Gobierno de coalición de presentar esta propuesta como un avance democrático y una equiparación del sistema jurídico español al europeo.
Lo cierto es que estamos ante un nuevo ejemplo de entendimiento entre fracciones de la oligarquía. Una vez más, la fracción mayoritaria (representada por el Gobierno), pacta con la minoritaria (la burguesía catalana en este caso, que va a ser beneficiada con reducciones de condenas), para proteger sus intereses comunes a cambio de desviar la represión hacia las clases populares. La esencia misma del Régimen del 78 en estado puro.
No asistimos a nada nuevo. La oligarquía dominante, con todas sus fracciones, siempre resuelve sus contradicciones protegiendo sus intereses de clase y empeorando las condiciones de vida de las clases subordinadas. Por eso, quienes no aspiramos a gestionar el Régimen sino a derribarlo, no esperamos soluciones de las peleas entre fracciones oligárquicas. Sabemos bien que incluso cuando aparentemente favorecen un avance social, en la práctica el sistema entero se moviliza para anularlo o revertirlo completamente. No hay soluciones desde el reformismo y las instituciones burguesas.
La única salida a este juego constante de promesas y decepciones es revolucionaria. Organizando a nuestra clase; al proletariado, para convertirlo en la clase dirigente del resto de clases populares hacia la transformación revolucionaria del mundo. Para ello, ya lo hemos repetido muchas veces, es necesaria una educación paciente, basada en la práctica, con la que las masas vayan separando sus intereses propios de los intereses de la oligarquía en su conjunto, o de alguna de sus fracciones en particular. Aprendiendo a aprovechar sus propias fuerzas y las contradicciones del Régimen para impulsar un avance constante, aunque sea lento e irregular en su progreso.
Las condiciones para hacerlo están dispuestas; la oligarquía no tiene reparos en demostrar una y otra vez su verdadera posición en la lucha de clases, por mucho que se disfrace bajo palabrería progresista, incluso radical si hace falta. Lo que nos falta es la comprensión de nuestra propia posición en esta lucha, y una dirección estratégica que solo la organización revolucionaria del proletariado puede proporcionar.